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La Ley de Minas y los artículos que faltan
La discusión de la Ley Orgánica de Minas ha superado su primer tercio con 55 artículos aprobados, en este momento, puede afirmarse que Venezuela ya tiene una arquitectura de control minero: sabe quién manda, quién recauda y quién fiscaliza, pero lo que aún no queda claro es ¿qué vamos a construir con lo que extraemos?

TL;DR
- Los artículos pendientes de la Ley Orgánica de Minas determinarán si será una ley de extracción o de desarrollo.
- Es necesario incluir cláusulas de industrialización progresiva en origen y obligar al procesamiento de minerales en Venezuela para incorporar nuevas tecnologías y personal.
- El financiamiento del Instituto Nacional de Geología y Minería (Ingeomin) debe ser asegurado con un porcentaje de la producción bruta para investigación aplicada.
- Se requiere la declaración obligatoria de beneficiarios finales en el Registro Único Minero (RUM) para asegurar la transparencia y atraer inversión responsable.
- La ley debe garantizar la Consulta Previa, Libre e Informada con los pueblos indígenas y establecer instrumentos para la remediación y monitoreo ambiental.
- La demanda global de minerales para la transición energética representa una oportunidad para Venezuela, pero las condiciones de inversión y los beneficios a largo plazo son clave.