Sala Constitucional avala carácter orgánico de Ley de Minas, pero ignora irregularidad en reforma de Ley de Hidrocarburos
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional el carácter orgánico de la Ley Orgánica de Minas (LOM), sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 9 de abril. Así lo estableció en la sentencia n.° 0463 del 10 de abril, publicada por el TSJ en su página web.

TL;DR
- La Sala Constitucional del TSJ declaró constitucional el carácter orgánico de la Ley Orgánica de Minas (LOM).
- La decisión se basa en el artículo 203 de la CRBV, que exige verificación previa del carácter orgánico de una ley.
- Se señala una contradicción con la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, donde no se realizó control previo para mantener su carácter orgánico.
- La omisión en el caso de la Ley de Hidrocarburos fue calificada como una irregularidad de fondo.
- La decisión sobre la Ley de Minas evidencia una aplicación selectiva de las normas constitucionales en materia de control previo.