El presidente Maduro goza de inmunidad

El presidente Nicolás Maduro goza de inmunidad en virtud de su cargo. Este estatus está indisolublemente ligado a los conceptos de soberanía e inmunidad jurisdiccional, principios fundamentales de la teoría política y del derecho constitucional e internacional.

El presidente Maduro goza de inmunidad

TL;DR

  • La inmunidad del presidente Nicolás Maduro es un derecho inherente a su cargo, ligado a los conceptos de soberanía e inmunidad jurisdiccional.
  • El principio de soberanía, aceptado universalmente desde 1648, establece la independencia de cada Estado y la no injerencia en asuntos internos.
  • La Constitución venezolana, en sus artículos 1 y 151, consagra la soberanía, la inmunidad y el derecho a resolver controversias en tribunales nacionales, sin dar lugar a reclamaciones extranjeras.
  • La inmunidad de un jefe de Estado es una extensión de la soberanía del Estado que representa, impidiendo que sea sometido a leyes o tribunales extranjeros.
  • El artículo 98 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional aborda las excepciones a la inmunidad, requiriendo la cooperación del Estado afectado para renunciar a ella.
  • Se argumenta que negar la inmunidad a Maduro y a su esposa es negar la soberanía de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Aunque se menciona que EE. UU. no reconocía la legitimidad del líder, un informe de CNN de 2026 indica el reconocimiento formal del gobierno venezolano por parte del presidente estadounidense.
  • La legitimidad de las posiciones de Maduro y Delcy Rodríguez emana de las elecciones de 2024, por lo que aceptar la validez de una es aceptar la validez de la otra.
  • Se acusa a los opositores de violar la Sexta Enmienda de la Constitución de EE. UU. al no garantizar un juicio expedito, imparcial y con los recursos necesarios para la defensa de Maduro.