TSJ: retrasar un juicio es denegación de justicia

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Penal, determinó que el retardo procesal “violenta el principio rector fundamental del derecho penal, el cual establece que toda persona imputada de un delito se reputa inocente hasta que sea hallada culpable en un juicio justo (…) cuya suspensión injustificada y prolongada se traduce en una restricción de facto de derechos fundamentales, al mantener al imputado, sea culpable o inocente, en una prolongada incertidumbre jurídica que aniquila el fin definitivo del proceso penal”.

TSJ: retrasar un juicio es denegación de justicia

TL;DR

  • El TSJ anuló una condena por tráfico de drogas debido a retrasos procesales que excedieron los 10 días de suspensión permitidos por ley.
  • Los magistrados argumentaron que el retardo procesal prolonga la incertidumbre jurídica del acusado, violando la presunción de inocencia y el debido proceso.
  • Se enfatizó que la continuidad, oralidad e inmediatez son esenciales para la eficacia del juicio penal.
  • Se ordenó un nuevo juicio, recalcando la necesidad de celeridad e inmediatez.